Pensión de jubilación

Pensión de jubilación

La pensión de jubilación es una prestación económica que consiste en una pensión vitalicia, única e imprescriptible, que se concede al trabajador cuando cesa en el trabajo a causa de la edad.

Esta pensión la pueden solicitar aquellos trabajadores que están dados de alta dentro de los tres meses anteriores o posteriores a la fecha de cese en el trabajo. En estos casos se empieza a cobrar a partir del día siguiente al cese de la actividad. Si la solicitud se presentara más allá de los tres meses del día de cese de la actividad, habrá sólo una retroactividad de tres meses a contar desde el día de presentación de la solicitud.

El principal requisito que se exige para obtener esta pensión es tener cumplida la edad ordinaria, salvo excepciones, además de tener cotizados mínimo quince años, y al menos dos comprendidos dentro de los quince años inmediatamente anteriores al momento de causar el derecho. También será necesario el día de cese en la actividad en los trabajadores dados de alta y el día de presentación de la solicitud para los trabajadores en no alta.

Para iniciar los trámites habrá que cumplimentar el modelo de solicitud de Pensión de Jubilación y la documentación personal y específica que se pide en el impreso. Este impreso habrá de presentarse ante cualquiera de los Centros de Atención e Información de la Seguridad Social del Instituto Nacional de la Seguridad Social. Será éste quien conceda o deniegue la pensión.

La cantidad a cobrar en esta pensión va a depender de la base reguladora y el porcentaje que se aplica a la misma dependiendo de los años cotizados. Se abonará en doce pagas ordinarias y dos pagas extraordinarias y está sujeta al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. La pensión de jubilación se extingue por el fallecimiento del beneficiario.

Dentro de la casuística de jubilaciones, pueden darse casos de jubilaciones anticipadas por razón del grupo o actividad profesional, de trabajadores con discapacidad, por tener o no tener la condición de mutualista, derivada del cese no voluntario del trabajador o por voluntad del trabajador.

También podemos encontrar la jubilación flexible, parcial, especial a los 64 años y las particularidades de los regímenes especiales.

Es por esto que desde Abogado Incapacidad Madrid, les daremos el mejor asesoramiento y estudiaremos su caso con detenimiento para cualquiera de las jubilaciones a las que tenga acceso.