Denegación de la solicitud de incapacidad permanente o no conformidad de la resolución dictada por el INSS.
Si el INSS deniega nuestra solicitud de incapacidad permanente o bien no estamos de acuerdo la resolución emitida, porque no nos concede el grado de incapacidad solicitado, podemos plantear una Reclamación Previa a la resolución alegando los motivos por los cuales no se está conforme. El plazo para interponer esta reclamación es de 30 días a contar desde la notificación de la resolución.
Será el mismo órgano que dictó la primera quien dicte la segunda donde volverá a aceptar o denegar la incapacidad permanente o determinar el grado de incapacidad. En el caso de que se volviera a desestimar, será ya ante los Juzgados de lo Social la interposición de la correspondiente demanda dentro de los 30 días hábiles a la notificación de la nueva resolución.
En Abogado Incapacidad, en Madrid, valoraremos la viabilidad jurídica y de los informes de los peritos médicos que valoran las lesiones, para obtener una garantía en la obtención de la incapacidad permanente.