La incapacidad temporal para autónomos

En caso de que se dé una contingencia por la cual un trabajador que cotice en el Régimen Espacial de Trabajadores Autónomos caiga en una situación de incapacidad temporal se establecen ciertas especialidades en relación con lo que ocurre para estos casos con los trabajadores por cuenta ajena.

En primer lugar, en relación con la documentación a presentar, el trabajador autónomo afectado deberá presentar en la entidad con la que tenga concertado el riesgo, ya sea la Seguridad Social o una mutua gestora, la solicitud de pago directo de la prestación por este concepto, el parte de baja y un documento en el que se acredite estar al corriente de pago de las cuotas de la Seguridad Social. Además, habrá que presentar una declaración de la actividad desarrollada. Esta declaración se debe presentar en un plazo de 15 días desde que se dé inicio a la situación de incapacidad temporal y en ella se contendrá lo relativo a la situación en la que queda el establecimiento del que se es titular durante el periodo por el que se extiende esta incapacidad. El no cumplimiento de este requisito o su cumplimiento tardío es considerado como una infracción leve.