SOLICITAR LA INCAPACIDAD PERMANENTE

Determinadas circunstancias pueden hacer que una persona pierda las capacidades necesarias para poder trabajar. A esta situación se le llama incapacidad.

La incapacidad temporal es aquella que dura una cantidad limitada de tiempo. Se le conoce normalmente con el término de baja médica. Es el caso de enfermedades -sean de tipo profesional o no- que requieren reposo durante un tiempo. El tiempo máximo de duración para la incapacidad temporal es de 365 días, pero este plazo puede prorrogarse en algunos casos, hasta alcanzar un máximo de 730 días.

Por otro lado la incapacidad permanente significa que la dolencia del trabajador se va a seguir produciendo a largo plazo, ya que no va a desaparecer. Existen distintos tipos de incapacidad permanente, que son los siguientes:

  • Incapacidad permanente parcial.
    Requiere que el trabajador tenga rconocida al menos una disminución del 33 en su rendimiento normal para su profesión habitual.
  • Incapacidad permanente total.
    En este caso el trabajador ya no puede continuar con su profesión habitual, pero sí con otra diferente.
  • Incapacidad permanente absoluta.
    Esta situación impide al trabajador dedicarse a cualquier tipo de profesión u oficio. En otras palabras, ya no podrá seguir trabajando.
  • Gran invalidez
    En esta situación, al afectado necesita asistencia para todos los actos de su vida cotidiana, como comer o vestirse.

Todas estas situaciones dan derecho a una pensión, pero la cantidad exacta depende del tipo concreto de incapacidad ante el que nos encontremos.

Sea cual sea su situación, nuestro Despacho en Madrid le ayudará a tramitar la solicitud de su incapacidad. Por otro lado, si padece una dolencia y su colicitud de incapacidad ha sido desestimada, también le ayudaremos a reclamarla.
Si desea que estudiemos su caso de manera individualizada le invitamos a contactar con nosotros. Somos especialistas en procesos de incapacidad y contamos con una amplia trayectoria en todo tipo de casos.